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La CEDAW

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
En 1979, el 18 de diciembre, justo antes de la Conferencia intermedia de Copenhague, nace el instrumento internacional más importante sobre los derechos de la mujer: la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer), que entró en vigor como tratado internacional el 3 de septiembre de 1981.

Esta Convención fue la culminación de más de 30 años de trabajo de la Comisión Jurídica y Social de la Mujer y recoge toda la normativa precedente respecto a los derechos de las mujeres en varios ámbitos: legales, culturales, reproductivos, económicos.

En su primera parte, la Convención define la discriminación como (Art.1):

"toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera."

Luego invita a todos los Gobiernos a adoptar políticas y medidas legislativas para eliminar todas las formas de discriminación (Art.2 y 3).

En el Artículo 4, hace referencia específica a la posibilidad de adoptar medidas de acción positiva para la eliminación de discriminaciones contra las mujeres:

"...medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer (...) estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato"

El artículo 6 reafirma la necesidad de suprimir todas las formas de tráfico de personas y de la explotación de la prostitución de terceros.

La segunda parte de la Convención hace referencia a los derechos civiles y políticos (Art. 7, 8, 9), mientras que, en la tercera, se mencionan los derechos en el campo socioeconómico; educación y formación (Art. 10), trabajo y maternidad (Art. 11), salud (Art.12), crédito (Art.13) y condiciones en las zonas rurales (Art.14).








La CEDAW es un instrumento legal internacional en que protege los derechos de las mujeres.
La parte final (Arts. 15-30) se refiere a los mecanismos de aplicación de la CEDAW.

Si desde un punto de vista institucional la creación de mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer ha constituido el avance más significativo, la CEDAW representa el instrumento más completo y sólido (con su valor de tratado internacional) para la promoción de los derechos de las mujeres.

Gobiernos y actores sociales pueden encontrar en la CEDAW la referencia ideal para definir los derechos humanos de las mujeres en todas las esferas de la vida social y económica del país.

La CEDAW ha sido ratificada por muchísimos países miembros de las Naciones Unidas, aunque, en varios casos, su ratificación se ha hecho con una serie de reservas que pueden limitar su impacto.


Con información de la OIT.


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